Calendario laboral para el año 2025

Mediante resolución del pasado 15 de octubre, la Dirección General de Trabajo ha publicado la relación de fiestas laborales para el año 2025.

Asturias

1 de Enero Año Nuevo 8 de Septiembre Día de Asturias
6 de Enero Epifanía del Señor 13 de Octubre Lunes siguiente Fiesta Nacional de España
17 de Abril Jueves Santo 1 de Noviembre Todos los Santos
18 de Abril Viernes Santo 6 de Diciembre Día de la Constitución Española
1 de Mayo Fiesta del Trabajo 8 de Diciembre Inmaculada Concepción
15 de Agosto Asunción de la Virgen 25 de Diciembre Natividad del Señor

Cantabria

1 de Enero Año Nuevo 15 de Agosto Asunción de la Virgen
6 de Enero Epifanía del Señor 15 de Septiembre La Bien Aparecida
17 de Abril Jueves Santo 1 de Noviembre Todos los Santos
18 de Abril Viernes Santo 6 de Diciembre Día de la Constitución Española
1 de Mayo Fiesta del Trabajo 8 de Diciembre Inmaculada Concepción
28 de Julio Días de las Instituciones de Cantabria 25 de Diciembre Natividad del Señor

 Castilla y León

1 de Enero Año Nuevo 15 de Agosto Asunción de la Virgen
6 de Enero Epifanía del Señor 13 de Octubre Lunes siguiente Fiesta Nacional de España
17 de Abril Jueves Santo 1 de Noviembre Todos los Santos
18 de Abril Viernes Santo 6 de Diciembre Día de la Constitución Española
23 de Abril Fiesta de Castilla y León 8 de Diciembre Inmaculada Concepción
1 de Mayo Fiesta del Trabajo 25 de Diciembre Natividad del Señor

Galicia

1 de Enero Año Nuevo 25 de Julio Día Nacional de Galicia
6 de Enero Epifanía del Señor 15 de Agosto Asunción de la Virgen
17 de Abril Jueves Santo 1 de Noviembre Todos los Santos
18 de Abril Viernes Santo 6 de Diciembre Día de la Constitución Española
1 de Mayo Fiesta del Trabajo 8 de Diciembre Inmaculada Concepción
17 de Mayo Día de las Letras Gallegas 25 de Diciembre Natividad del Señor

Comunidad de Madrid

1 de Enero Año Nuevo 25 de Julio Santiago Apóstol
6 de Enero Epifanía del Señor 15 de Agosto Asunción de la Virgen
17 de Abril Jueves Santo 1 de Noviembre Todos los Santos
18 de Abril Viernes Santo 6 de Diciembre Día de la Constitución Española
1 de Mayo Fiesta del Trabajo 8 de Diciembre Inmaculada Concepción
2 de Mayo Fiesta de la Comunidad de Madrid 25 de Diciembre Natividad del Señor

Notas aclaratorias

  1. En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 143/2024, de 16 de septiembre, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2025, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC de 23 de septiembre de 2024) dispone que: «En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote, La Graciosa y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 5 de julio, festividad de la Bajada de la Virgen de los Reyes; en Fuerteventura: el 19 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 6 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves; en Lanzarote y La Graciosa: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Volcanes; en Tenerife: el 3 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria».
  2. En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden EMT/85/2024, de 23 de abril, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2025 (DOGC de 26 de abril de 2024) dispone que: «En el territorio de Arán, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán), martes». Asimismo, dispone que: «De las trece fiestas mencionadas en el apartado a) [las transcritas en el cuadro precedente] habrá una, a escoger entre el 6 de enero, el 21 de abril, el 24 de junio y el 26 de diciembre, que tendrá el carácter de recuperable. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable.
  3. En la Comunitat Valenciana, el Decreto 100/2024, de 2 de agosto, del Consell, por el que se determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año 2025 (DOGV de 12 de agosto de 2024) dispone que: «[…] Con carácter retribuido y recuperable se establece la siguiente fiesta: 24 de junio, San Juan».

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