Bonificaciones y reducciones en las cuotas de la Seguridad Social

autónomos societarios: tarifa plana del S.S.

Bonificaciones a la contratación de jóvenes

Tipo de contrato Colectivo Cuantía Duración Vigencia
Contratación para la Formación y el Aprendizaje Jóvenes menos de 30 años desempleados inscritos en la Oficina de Empleo Reducción del 100% de la cuota empresarial por CC(2) en empresas de plantilla inferior a 250 trabajadores. 75% en empresas de igual o superior plantilla. Toda la vigencia del contrato Indefinida

Bonificaciones en contratos a trabajadores procedentes de ETT

Tipo de contrato Colectivo Cuantía Duración Vigencia
Indefinido para trabajadores procedentes de una ETT con contrato para la formación y el aprendizaje Trabajadores que hubieran estado contratados por una ETT para la formación y el aprendizaje y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido. Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social:

 

Hombres: 1500 euros/año

Mujeres: 1800 euros/año

Durante 3 años. Indefinida
Indefinido para trabajadores procedentes de una ETT con contratos en prácticas Trabajadores que hubieran estado contratados por una ETT en prácticas y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido Bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social:

Hombres: 500 euros/año

Mujeres: 700 euros/año

Durante 3 años Indefinida

Bonificaciones en contratos en indefinido general

Tipo de contrato Colectivos Cuantía Duración Vigencia
Conversiones en indefinido Contratos en prácticas a la finalización de su duración inicial o prorrogada, de relevo y sustitución por jubilación  en empresas de menos de 50 trabajadores Hombres 500 euros/año 3 años Indefinida
Mujeres 700 euros/año 3 años Indefinido
Conversión de contratos para la formación y el aprendizaje y de formación celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 10/2011, que se transformen en indefinidos a partir del 1/1/2012 Hombres Reducción 1.500
Mujeres Reducción 1.800
Conversión de contratos para la formación y el aprendizaje con ayuda de acompañamiento Hombres Bonificación de 3.000
Mujeres

 

Tipo de contrato Colectivos Cuantía Duración Vigencia
Indefinido Víctimas del terrorismo y de violencia de género 1.500 euros/año 4 años Indefinida
Víctimas de violencia de doméstica 850 euros/año 4 años Indefinida
Trabajadores en situación de exclusión social 600 euros/año 4 años
Personas con discapacidad Menores de 45 años En general 4.500 euros/año Vigencia del contrato Indefinida
Discapacidad severa 5.100 euros/año
Mujeres En general 5.350 euros/año
Discapacidad severa 5.950 euros/año
Mayores de 45 años En general 5.700 euros/año
Discapacidad severa 6.300 euros/año

Bonificaciones en contratos temporales

Tipo de contrato Colectivos Cuantía Duración Vigencia
Contratación temporal Personas con discapacidad Contratos formativos En prácticas y para el contrato para la Formación y el Aprendizaje (si no se ha optado por la reducción de la (Ley 3/2012) 50% cuota empresarial por CC Toda la vigencia del contrato Indefinida
Para la Formación y el Aprendizaje Reducción del 75% o del 100% de las cuotas del empresario Toda la vigencia del contrato Indefinida
Contratos de interinidad con desempleados con discapacidad para sustituir a trabajadores con discapacidad en situación de incapacidad temporal 100% todas las aportaciones Toda la vigencia del contrato Indefinida
Contratación de un trabajador con discapacidad por un C.E.E. (Relación de Carácter Especial) 100% todas las aportaciones Toda la vigencia del contrato Indefinida
Contrato temporal fomento del empleo En general Varones Menores 45 años 3.500 euros/año Toda la vigencia del contrato Indefinida
Mayores 45 años 4.100 euros/año
Mujeres Menores 45 años 4.100 euros/año
Mayores 45 años 4.700 euros/año
Discapacidad severa Varones Menores 45 años 4.100 euros/año
Mayores 45 años 4.700 euros/año
Mujeres Menores 45 años 4.700 euros/año
Mayores 45 años 5.300 euros/año
Víctima violencia de género o doméstica 600 euros
Trabajadores en situación de exclusión social 500 euros
Contratación víctimas del terrorismo según artículo 34 Ley 29/2011 600 euros
Victimas de trata de seres humanos 600 euros
Contrato temporal para la Formación y el Aprendizaje Jóvenes desempleados inscritos en la O. E., contratados para la formación y el aprendizaje Reducción del 75% o del 100% de las cuotas del empresario Toda la vigencia del contrato Indefinida

Bonificaciones/reducciones para el mantenimiento del empleo

Objetivo Colectivo Cuantía Duración y observaciones
Mantenimiento empleo trabajadores mayores Mayor de 65 años con 38 años y 6 meses de cotización efectiva a la Seguridad Social y contrato indefinido o mayor de 67 años y con 37 años de cotización Reducción 100% cuota empresarial por CC, salvo la incapacidad temporal Duración: Indefinida

Si el trabajador no tiene la antigüedad necesaria al cumplir la edad, la exención se aplica desde el cumplimiento del requisito

Conciliación de la vida personal, laboral y familiar Contratos interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, paternidad o riesgo durante el embarazo o la lactancia 100% cuota empresarial del interino.

100% cuota trabajadora en situación de maternidad

Duración: Mientras dure la sustitución
Contratos de interinidad con beneficiarios de prestaciones por desempleo para sustituir a trabajadores en situación de excedencia por cuidado de familiares Reducción del 95, 60 y 50% de la cuota por CC durante el primer, segundo y tercer año respectivamente de excedencia Duración: Mientras dure la excedencia
Contratos de interinidad para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género que hayan suspendido su contrato ejercitando su derecho a la movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por CC Duración: mientras dure la sustitución

6 meses en el caso de movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo

Empleo selectivo Trabajadores que hubieran cesado en la empresa por habérseles reconocido una incapacidad permanente total o absoluta y después de haber recibido prestaciones de recuperación profesional hubieran recobrado su plena capacidad laboral o continúen afectos por una incapacidad parcial y se reincorporen a la empresa Reducción 50% de la cuota patronal de la Seguridad Social correspondiente a CC Duración: 2 años
Prolongación período de actividad fijos discontinuos Trabajadores con contratos fijos discontinuos en actividades de sectores de turismo, comercio vinculado al turismo y hostelería que generen actividad productiva en los meses de marzo y noviembre de cada año. 50% CC, desempleo, Fogasa y formación profesional durante los meses de marzo y noviembre de cada año Meses de marzo y noviembre de cada año

Bonificaciones/reducciones al trabajo autónomo

Objeto Colectivo Cuantía
Bonificaciones y reducciones al trabajo Autónomo con carácter general Con base mínima de cotización Trabajadores/as por cuenta propia que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los 2 años inmediatamente anteriores, que opten por cotizar por la base mínima

Con posterioridad al periodo inicial de 12 meses previstos, podrán aplicarse sobre la cuota de CC, incluida la incapacidad temporal

Tarifa plana de 60 euros al mes de la cuota por CC incluida la incapacidad temporal, durante los 12 primeros meses.

 

Los seis meses posteriores, reducción equivalente al 50% sobre la cuota de CC incluida la incapacidad temporal. Los 18 meses posteriores la reducción será del 30%

Con base superior de cotización Trabajadores/as por cuenta propia que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los 2 años inmediatamente anteriores, que opten por cotizar por una base de cotización superior a la base mínima.

Con posterioridad al periodo inicial de los 12 meses previstos, podrán aplicarse sobre la cuota de CC, incluida la incapacidad temporal

Reducción equivalente al 80% sobre la cuota por CC incluida la incapacidad temporal durante los 12 primeros meses.

Los seis meses posteriores, reducción equivalente al 50% sobre la cuota de CC incluida la incapacidad temporal. Los 18 meses posteriores la reducción será del 30%

 

Objeto Colectivo Cuantía Duración y observaciones
Bonificaciones y reducciones al trabajo Autónomo Discapacitados, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo

Discapacitados, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo

Internidad

Trabajadores/as con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y las víctimas de terrorismo que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los últimos 2 años inmediatamente anteriores, que opten por cotizar sobre la base mínima Reducciones a 50 euros mensuales por contingencia comunes incluida la incapacidad temporal. Durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta
Con posterioridad a los 12 meses iniciales, podrán aplicarse sobre la cuota de CC, incluida la incapacidad temporal Bonificación equivalente al 50% de la cuota por CC incluida la incapacidad temporal. 48 meses, hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha de alta.
Trabajadores/as con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y las víctimas de terrorismo que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los últimos 2 años inmediatamente anteriores que opten por una base de cotización superior a la mínima  Reducción equivalente al 80% de la cuota por CC incluida la incapacidad temporal. Durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta
Con posterioridad a los 12 meses previstos podrán aplicarse sobre la cuota de CC, incluida la incapacidad temporal, una bonificación Bonificación equivalente al 50% de la cuota por CC incluida la incapacidad temporal. 48 meses, hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha e alta.

 

  Colectivo Cuantía Duración y observaciones
Trabajadores autónomos que cesen la actividad por encontrarse en período de descanso por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo durante la lactancia natural y que sean sustituidos por desempleados con contrato de interinidad bonificado. 100% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima o fija que corresponda al tipo de cotización establecido como obligatorio durante la sustitución Durante el período de descanso. Mínimo un mes
Familiares Nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos en el Régimen Especial de Trabajo por cuenta propia que corresponda 50% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente de cotización vigente en cada momento durante los primeros 18 meses. Y 25% en los seis meses posteriores. 24 meses
Ceuta y Melilla  

Trabajadores autónomos en Ceuta y Melilla en los sectores que recoge la modificación del apartado 2 de la D.A. trigésima del R.D. Legislativo 1/1994 y la D.A. primera de la Ley 3/2011, de 4 de Octubre.

50% de la Base de cotización por CC Indefinida

 

Objeto Colectivo Cuantía Duración y observaciones
Bonificaciones y reducciones al trabajo autónomo por conciliación de la vida personal y familiar vinculada a la contratación. Trabajadores/as autónomos que permanezcan de alta en el RETA, y contraten a un trabajador/a, a tiempo completo o parcial, en los supuestos de:

a) Por cuidado de menores de 12 años.

b) Por tener a su cargo un familiar, por consanguineidad o afinidad hasta el segundo grado, en situación de dependencia.

c) Por tener a su cargo un familiar, por consanguineidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% o una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, cuando dicha discapacidad esté debidamente acreditada, siempre que dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida.

100% de la cuota por CC que resulte de aplicar a la base media que tuviera el trabajador/a, en los 12 meses anteriores a la fecha de acogerse a estas medidas, el tipo de cotización mínimo vigente. Hasta 12 meses.

Mínimo duración del contrato 3 meses.

 

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