El Real Decreto 846/2026, publicado en el BOE del pasado 23 de octubre y con entrada en vigor inmediata, modifica los Reales Decretos 665/1997 y 374/2001 para reforzar la protección de las personas trabajadoras frente a la exposición a determinados agentes químicos peligrosos, adaptando la normativa española a las exigencias de la Unión Europea.
Las principales medidas se centran en la reducción de los límites de exposición al plomo y sus compuestos inorgánicos y la introducción de límites específicos para los diisocianatos.
Principales novedades
- Plomo y compuestos inorgánicos: se reduce el valor límite de exposición profesional a 0,03 mg/m³ y el valor límite biológico a 15 µg de plomo por cada 100 ml de sangre, estableciéndose un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2028.
- Diisocianatos: se establecen límites de exposición diaria de 6 µg NCO/m³ y de corta duración de 12 µg NCO/m³, con valores transitorios de 10 y 20 µg NCO/m³, respectivamente, hasta el 31 de diciembre de 2028.
- Vigilancia de la salud: se refuerza el control sanitario de las personas expuestas, especialmente en relación con los efectos del plomo sobre la reproducción.
- Medidas preventivas: las empresas deberán revisar las evaluaciones de riesgos y, cuando proceda, adaptar los procedimientos de trabajo, las medidas de protección y los controles de exposición.
Esta reforma afecta, especialmente, a actividades industriales que utilizan plomo, pinturas, barnices, adhesivos, espumas de poliuretano y otros productos que contienen diisocianatos. Las empresas afectadas deberán comprobar que sus sistemas de prevención se ajustan a los nuevos valores límite.