Ley de segunda oportunidad.

La Ley 25/2015, de 28 de julio, con entrada en vigor el pasado 30 de julio, convalida el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.

 

Entre las medidas contenidas en esta Ley, detallamos las siguientes:

 

-Se establece un mínimo exento de cotización sobre los primeros 500€ de la base de cotización de contingencias comunes para los supuestos de contratación indefinida realizados entre el 1 de marzo de 2015 y el 31 de agosto de 2016.

– Se determinan beneficios de Seguridad Social para aquellos supuestos en   los que el profesional autónomo deba atender obligaciones familiares que   puedan influir en su actividad. Es una bonificación en la cuota del   trabajador por cuenta propia a la Seguridad Social, en una cuantía vinculada   a la base de cotización media de los últimos doce meses del trabajador   autónomo, garantizando así la proporcionalidad de la medida.

Además, el disfrute de   esta bonificación queda sujeta a la contratación de un trabajador por cuenta   ajena, con lo que se cumple un doble objetivo. Por un lado, se adoptan   medidas que contribuyan a la viabilidad del proyecto profesional del   trabajador autónomo, permitiéndole hacer frente a sus obligaciones   familiares, manteniendo su actividad profesional. Por otro lado, al estar   vinculada la medida a la contratación de un trabajador por cuenta ajena, se   pretende contribuir a la dinamización del mercado de trabajo

-Se incluye también la modificación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público sobre la negociación de las condiciones de trabajo del personal funcionario o estatutario de sus respectivos ámbitos.

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