Interés legítimo para impugnar

Interés legítimo para impugnar

En su redacción actual, la Ley de Sociedades de Capital dispone que están legitimados para impugnar los acuerdos sociales, además de cualquiera de los administradores y de los socios que hubieran adquirido tal condición antes de la adopción del acuerdo (siempre que representen un concreto porcentaje del capital social), los “terceros que acrediten un interés […]