Próxima Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Impuesto de Patrimonio

El Tribunal Constitucional prevé dictar sentencia en marzo de 2026 sobre el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra las modificaciones del Impuesto sobre el Patrimonio introducidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

El eventual fallo puede afectar a las autoliquidaciones correspondientes a los ejercicios 2021, 2022, 2023 y 2024, comprometiendo aproximadamente 6.700 millones de euros recaudados desde 2021.

1. Objeto del recurso

El recurso cuestiona dos modificaciones esenciales:

 

a) Carácter permanente del impuesto

Se impugna la supresión de su naturaleza temporal —vigente desde 2011— y su configuración como tributo de carácter indefinido mediante Ley de Presupuestos.
El argumento central se fundamenta en el artículo 134 de la Constitución Española (CE), al entender que la Ley de Presupuestos no puede crear tributos ni alterar de forma sustancial su configuración esencial.

 

b) Incremento del tipo marginal máximo

Se elevó el tipo máximo del 2,5% al 3,5%, lo que, según los recurrentes, podría vulnerar los principios de capacidad económica y no confiscatoriedad (art. 31.1 CE), especialmente en supuestos de activos no productivos.

 

2. Efectos potenciales de la sentencia

Conforme a la doctrina consolidada del Tribunal Constitucional (TC) en materia tributaria:

  • La eventual declaración de inconstitucionalidad no generaría efectos generales automáticos.
  • Solo podrían beneficiarse quienes hayan:
    • Impugnado en plazo sus autoliquidaciones, y
    • Mantengan el procedimiento vivo en la fecha del fallo (sin sentencia firme).

En tal caso, cabría la devolución de ingresos indebidos junto con los correspondientes intereses.

 

3. Consideraciones procedimentales relevantes

La presentación de solicitud de rectificación:

  • Interrumpe la prescripción del derecho de la Administración a comprobar y liquidar.
  • Mantiene el ejercicio abierto tanto para eventuales devoluciones como para actuaciones inspectoras.
  • Puede generar riesgos adicionales en supuestos de:
    • Valoraciones controvertidas.
    • Aplicación del régimen de empresa familiar.
    • Aplicación del límite conjunto IRPF–Patrimonio.

Resulta imprescindible realizar un análisis caso por caso antes de promover actuaciones.

 

4. Impacto presupuestario y calendario

La resolución, inicialmente prevista para 2024, ha sido sucesivamente pospuesta hasta 2026, ampliando el número de ejercicios potencialmente afectados y el volumen económico en juego.

5. Recomendaciones prácticas

  • Revisar la situación procesal de cada ejercicio.
  • Evaluar contingencias fiscales latentes antes de iniciar rectificaciones.
  • Analizar impacto financiero y contable en grupos patrimoniales.
  • Preparar estrategia procesal ante distintos escenarios de fallo (estimatorio total, parcial o desestimatorio)

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