Novedades fiscales contempladas en la ley de presupuestos generales del estado para 2017

Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, publicada en el BOE del día 27 de junio introduce algunas novedades en materia tributaria que seguidamente señalamos.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Con entrada en vigor a partir del día 29 de junio, se introducen modificaciones en la normativa reguladora de la exención de las operaciones de compra-venta o cambio de divisas, así como en lo referente a los tipos de gravamen reducidos para monturas de gafas y espectáculos culturales en vivo.

Exención en operaciones financieras

Se establece que estarán exentas del IVA las entregas de monedas de colección cuando son efectuadas por su emisor por un importe no superior a su valor facial.

Tipo impositivo reducido del 10 por 100

Se aplicará el tipo impositivo reducido del 10 por 100 a:

  • Servicios de hostelería, suprimiéndose la excepción a los servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas u otros análogos. Como consecuencia de dicha supresión, todos estos servicios mixtos se entienden incluidos en el ámbito propio del tipo reducido de gravamen.
  • Espectáculos culturales en vivo, como los celebrados en teatros, circos, festejos taurinos y conciertos.
  • Las monturas de gafas graduadas.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Se actualiza la escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios elevándose todas las cuantías en un 1% respecto del existente en 2016

Impuesto sobre Sociedades

Deducción para las producciones cinematográficas

  • Con efectos para ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2017, se entenderá que las AIE’s ostentan la condición de productor siempre que se constituyancomo productora independiente, se incorporen a la producción antes de la finalización del rodaje y designen al productor ejecutivo encargado de asumir la iniciativa del proyecto.
  • Se mejora la deducción por las inversiones en producciones de cine y series audiovisuales.

Impuestos Locales

Se prórroga la reducción del 50 por 100 durante 2017 del beneficio fiscal establecido en el Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de Naturaleza Urbana y en IBI para Lorca (Murcia).

Impuesto sobre Hidrocarburos

En el Impuesto sobre Hidrocarburos, se reduce el importe de las cuotas a devolver por el gasóleo utilizado en la agricultura y ganadería, pasando el tipo aplicable de 78,71 euros por 1.000 litros a 63,71 euros por 1.000 litros, al objeto de adecuar la normativa interna al Derecho de la Unión Europea (con efectos desde el 1 de julio de 2016 y vigencia indefinida).

Tasas

Se elevan a partir del 29 de junio de 2017 los tipos de cuantía fija de las tasas estatales hasta la cuantía que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01 al importe exigible en 2016.

Actividades prioritarias de mecenazgo

Se establece la relación de actividades prioritarias de mecenazgo para 2017.

Acontecimientos de excepcional interés público

Se establece la relación de acontecimientos de excepcional interés públicopara 2017.

Otras disposiciones con incidencia tributaria

Interés legal del dinero: Se fija en el 3 por 100 como en 2016.

Interés de demora:Se fija en el 3,75 por 100 como en 2016.

Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM): Se establece para 2017 un IPREM anual de 6.454,03 € (en 2016 fue de 6.390,13 €). En los supuestos en los que la referencia al salario mínimo interprofesional haya sido sustituida por la referencia al IPREM, la cuantía anual de éste será de 7.519,59 €, cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual. No obstante, si expresamente se excluyen las pagas extraordinarias, la cuantía será de 6.454,03 €.

Ayudas a Canarias: Se modifica el límite, hasta el establecido en cada momento por el Reglamento comunitario que declara compatibles con el mercado interior determinadas ayudas respecto a la aplicación de los beneficios fiscales que tengan la consideración de ayudas regionales en Canarias y de las ayudas al transporte marítimo y aéreo de determinadas mercancías con origen o destino en las Islas Canarias.

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