Disposición de los derechos consolidados de los planes de pensiones por la crisis sanitaria derivada del coronavirus

Disposición de los derechos consolidados de los planes de pensiones por la crisis sanitaria derivada del coronavirus

Aprovechando la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia publicada en el B.O.E. del día 19 de septiembre, a través de la disposición final 8ª.4, disposición final 9ª, disposición derogatoria única.1 y disposición final 13ª, se recoge la posibilidad de disponer de los derechos consolidados de planes de pensiones a los trabajadores por cuenta propia o autónomos que, sin cesar en su actividad, hayan tenido una reducción de, al menos, el 75% de su facturación como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del coronavirus, en los mismos términos a como en su día lo hiciera el RDL 16/2020.

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