Deducciones en la declaración de la renta por el alquiler de viviendas en Asturias

Deducción alquiler en Asturias

El pasado 2 de abril se abrió el plazo para la presentación de la declaración de la Renta, un plazo que se extenderá hasta el próximo 1 de julio. Durante este período se presentarán más de 20 millones de declaraciones y en la mayoría de ellas se perseguirán dos objetivos muy concretos: que la declaración salga a devolver o que la cuantía a pagar sea la menor posible.

Deducción por el alquiler de una vivienda habitual dentro del Principado de Asturias

En este sentido, los asturianos pueden acogerse a una deducción por el alquiler de una vivienda habitual situada dentro del Principado, la cual asciende al 10 % de la cuota íntegra autonómica, con un importe que no puede superar los 455 euros. Para poder acogerse, el declarante no puede superar los 25.009 euros (en régimen de tributación individual) o los 35.240 euros (si la declaración es conjunta). Además, las cantidades satisfechas por el alquiler de esa residencia deben haber excedido el 10 % de la base imponible. El porcentaje se extiende hasta el 15 % y un máximo de 606 euros si la vivienda se encuentra en una zona rural. Se considerarán rurales aquellas residencias que se ubiquen en suelo no urbanizable o en municipios que no superen los 3.000 habitantes, independientemente del tipo de suelo sobre el que fuesen construidas.

Ventajas fiscales para propietarios de la zona rural de Asturias

La zona rural también ofrece dos atractivos fiscales a los asturianos, aunque orientadas a propietarios de terrenos. El primero pasa por la donación de fincas rústicas al Principado. La segunda, por la obtención del certificado de gestión forestal sostenible de los montes que sean de su propiedad.

Cómo hacerlo

Las personas que deseen incluir los gastos del alquiler de sus viviendas en Asturias en sus declaraciones de la Renta deben incluir el NIF del propietario y dejar clara la ubicación de la vivienda que ocupan (para determinar si la vivienda se encuentra en zona urbana o rural). Si se trata de un matrimonio, el importe se distribuirá al 50 % siempre que los pagos se hayan repartido en partes iguales. Estos datos aparecerán reflejados en el anexo B6 de la declaración de la Renta.

Cabe recordar que esta deducción solo aplica dentro del tramo regional, ya que la deducción fiscal estatal fue retirada y solo afecta a aquellos inquilinos que firmaron sus contratos de alquiler antes del 1 de enero de 2015.

Aun así, aquellos contribuyentes que hayan devengado alquileres antes del 1 de enero y que además mantengan en vigor el contrato de arrendamiento podrán solicitar la deducción siempre que su base imponible no supere los 24.107,20 euros, tanto en tributación individual como conjunta. Podrán deducir el 10 % del alquiler satisfecho.

Solicitud de la deducción

Para solicitar la deducción hay que ir al anexo A1 e incorporar los siguientes datos:

  • Cantidad satisfecha por el alquiler de la vivienda habitual, con un máximo de 9.040 euros anuales.
  • NIF del arrendador. En caso de que no sea español, habrá que incorporar en la tercera casilla el número de identificación que tenga en su país de residencia.

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